Plan de pensiones para autónomos, el límite de 5.750 euros
El autónomo medio en España se jubila con una pensión pública sensiblemente menor que la de un asalariado, porque durante años lo habitual ha sido cotizar por la base mínima. Eso convierte el ahorro privado en algo bastante menos opcional que para quien trabaja por cuenta ajena.
Desde la Ley 12/2022 hay una herramienta específica para ello, y todavía es poco conocida: los planes de pensiones de empleo simplificados.
El límite: 5.750 € en lugar de 1.500 €
Un autónomo puede aportar bastante más que un particular con plan individual:
| Concepto | Límite anual |
|---|---|
| Aportación a plan individual | 1.500 € |
| Aportación adicional a plan simplificado de autónomos | +4.250 € |
| Total | 5.750 € |
Con el tope general de siempre: la reducción no puede exceder el 30 % de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
Los 4.250 € adicionales solo pueden ir a un plan de pensiones de empleo simplificado. No sirve aportar más al plan individual de toda la vida: si lo haces, el exceso no desgrava ese año.
Qué son los planes simplificados
Son planes de empleo adaptados a quien no tiene empresa que los promueva. Los impulsan asociaciones de autónomos, colegios profesionales, mutualidades, federaciones o sindicatos, y el autónomo se adhiere de forma individual.
Sus características principales:
- Adhesión individual, sin necesidad de negociación colectiva
- Comisiones limitadas por ley, más bajas que las de un plan individual medio
- Comisión de control con representación de los partícipes
- Mismos supuestos de rescate que cualquier plan de pensiones
Cuánto se ahorra realmente
El ahorro fiscal es la aportación multiplicada por el tipo marginal. Para un autónomo que aporte el máximo:
| Rendimiento neto | Tipo marginal aprox. | Aportación máx. | Ahorro fiscal |
|---|---|---|---|
| 20.000 € | 30 % | 5.750 € | 1.725 € |
| 30.000 € | 37 % | 5.750 € | 2.128 € |
| 45.000 € | 37 % | 5.750 € | 2.128 € |
| 70.000 € | 45 % | 5.750 € | 2.588 € |
Atención al tope del 30 %: con 15.000 € de rendimiento neto, el máximo aportable no son 5.750 € sino 4.500 €.
Cómo combinarlo con el plan individual
No hay que elegir. Lo habitual es tener los dos:
- Plan individual hasta 1.500 €
- Plan simplificado hasta 4.250 € adicionales
También puedes aportar los 5.750 € íntegros al plan simplificado si prefieres concentrarlo, siempre que el reglamento del plan lo permita. Lo que no funciona es al revés: no puedes poner más de 1.500 € en el individual.
La ventaja que casi nadie menciona
Aportar a un plan de pensiones no toca tu base de cotización. Son decisiones independientes.
Esto importa porque para un autónomo hay dos vías de mejorar la jubilación: subir la base de cotización, que mejora la pensión pública pero implica pagar más cuota todos los meses, y ahorrar por vía privada, que es reversible y no compromete tesorería mensual.
La segunda vía es más flexible: en un año malo, sencillamente no aportas. Subir la base de cotización es un compromiso mucho más rígido.
Lo razonable suele ser combinar ambas, no sustituir una por otra.
Cuándo se puede rescatar
Los supuestos son los generales: jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento, dependencia severa, desempleo de larga duración y enfermedad grave. Más la ventana de liquidez a diez años desde 2025.
Un matiz relevante para autónomos: el cese de actividad prolongado puede encajar en el supuesto de desempleo de larga duración, pero requiere cumplir los requisitos específicos (estar inscrito como demandante de empleo, entre otros). No basta con haber dejado de facturar.
La fiscalidad de salida es la de siempre: rendimiento del trabajo. Está detallada en cómo rescatar un plan de pensiones.
Antes de contratar, tres comprobaciones
- Que sea realmente un plan de empleo simplificado. Es la condición para los 4.250 € extra. Un plan individual con nombre comercial parecido no sirve, y el error se paga en la declaración.
- Las comisiones. Están topadas por ley, pero dentro del tope hay diferencias que sobre veinte años se notan mucho.
- La regularidad de tus ingresos. Si facturas de forma irregular, prioriza un plan que permita aportaciones flexibles y suspenderlas sin penalización.
Un apunte sobre las mutualidades
Algunos profesionales colegiados cotizan a una mutualidad alternativa al RETA. Las aportaciones a mutualidades de previsión social tienen su propio régimen dentro de los mismos límites conjuntos de previsión social.
Si estás en ese caso, la interacción entre mutualidad y planes de pensiones tiene reglas propias y merece una consulta específica con un asesor fiscal antes de aportar. No es un supuesto que convenga resolver por analogía.
Base de cotización o ahorro privado: la comparación
Es la decisión de fondo para un autónomo, y conviene verla con números.
Subir la base de cotización mejora la pensión pública futura, pero implica pagar más cuota todos los meses, es difícil de revertir sin perder efecto, y el rendimiento depende de decisiones políticas futuras sobre el sistema.
Aportar a un plan no compromete tesorería mensual —aportas cuando puedes—, es reversible, desgrava hasta 5.750 € y el dinero es tuyo y heredable. A cambio, asumes el riesgo de mercado y la iliquidez.
En la práctica, para la mayoría de autónomos con capacidad de ahorro tiene sentido hacer ambas cosas parcialmente: cotizar algo por encima del mínimo para no depender solo del ahorro privado, y complementar con el plan.
Lo que no funciona es la estrategia habitual: cotizar por la base mínima toda la vida y no ahorrar nada. Es la razón de que la pensión media del RETA esté muy por debajo de la del régimen general.
Cómo encajarlo con ingresos irregulares
La ventaja del plan es que puedes aportar de forma discrecional. Un método que funciona:
- Calcula tu rendimiento neto previsto del año
- Multiplica por 0,30 — ese es tu techo real de aportación
- Compáralo con los 5.750 € y quédate con el menor
- Aporta en el último trimestre, cuando ya sabes cómo ha ido el año
Aportar a principio de año da más tiempo de mercado, pero con ingresos inciertos arriesgas pasarte del límite del 30 % y que parte no desgrave.
Preguntas frecuentes
¿Puedo abrir un plan simplificado por mi cuenta?
Te adhieres a uno promovido por una asociación, colegio profesional, mutualidad o federación. No lo constituyes tú: te sumas a uno existente.
¿Sirve cualquier plan de pensiones para los 4.250 € extra?
No. Tiene que ser específicamente un plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos. Un plan individual, aunque lo comercialice el mismo banco, no da derecho a la ampliación.
¿Y si soy autónomo y además trabajo por cuenta ajena?
Los límites se articulan de forma distinta según de dónde procedan las aportaciones. Revisa planes de pensiones de empleo y, si tu caso es mixto, consúltalo con un asesor fiscal.
¿Las aportaciones son gasto deducible de mi actividad?
No. No son gasto de la actividad económica: reducen la base imponible general del IRPF, que es otra cosa y se declara en otro apartado.
¿Qué pasa si ceso la actividad?
El cese no es por sí solo un supuesto de rescate. Puede encajar en desempleo de larga duración si cumples los requisitos, entre ellos estar inscrito como demandante de empleo.
Para el funcionamiento general del producto, qué es un plan de pensiones. Y si además tienes trabajo por cuenta ajena, revisa los planes de empleo: los límites se articulan de forma distinta.