Hipotecas

¿Conviene pagar la hipoteca antes de tiempo?

En resumen

Depende del tipo que pagas: cancelar hipoteca equivale a una rentabilidad garantizada y libre de impuestos igual a ese tipo, así que con un 3,5 % necesitarías obtener en torno a un 4,5 % bruto invirtiendo solo para empatar. Con tipos por encima del 4 % cancelar suele ganar; por debajo del 2 %, invertir suele ganar. No conviene si tienes deuda más cara, si te quedas sin fondo de emergencia, o si te aplica la deducción por vivienda habitual del régimen transitorio.

Depende de tres cosas: el tipo que pagas, lo que podrías obtener con ese dinero en otro sitio, y cuánto valoras dormir sin deudas. Las dos primeras se calculan; la tercera no, y no por eso importa menos.

La cuenta que decide

Cancelar hipoteca equivale a obtener una rentabilidad garantizada y libre de impuestos igual al tipo de tu préstamo. Si pagas un 3,5 %, cada euro que amortizas te “rinde” un 3,5 % neto asegurado.

Para que invertir ese dinero compense, tendrías que superar ese 3,5 % después de impuestos. Como las ganancias tributan entre el 19 % y el 30 % en la base del ahorro, necesitas en torno a un 4,5 % bruto solo para empatar.

Tu tipo hipotecarioRentabilidad bruta necesaria para empatar
1,5 %~1,9 %
2,5 %~3,2 %
3,5 %~4,5 %
4,5 %~5,8 %

Con tipos bajos, invertir suele ganar. Con tipos altos, cancelar gana casi seguro, y además sin riesgo.

Cuándo cancelar es claramente buena idea

  • Tu tipo supera el 4 %. Difícil batirlo de forma fiable y sin riesgo.
  • Te quedan muchos años. Cuanto antes, más intereses futuros eliminas.
  • No duermes bien con la deuda. Es una razón legítima. La tranquilidad no aparece en la hoja de cálculo pero se disfruta todos los días.
  • Tus ingresos son inestables. Menos deuda es menos vulnerabilidad.

Cuándo NO conviene

Si tienes deuda más cara. Una tarjeta al 20 % o un préstamo personal al 8 % cuestan mucho más que tu hipoteca. Cancelar la barata primero es un error de orden.

Si te quedas sin colchón. Meter todos tus ahorros en la vivienda los convierte en ladrillo: no los recuperas si se avería el coche o pierdes el empleo. Primero el fondo de emergencia, después la hipoteca.

Si tu tipo es muy bajo. Cancelar una hipoteca fija al 1,5 % es “invertir” al 1,5 %. Hasta un depósito puede superarlo.

Si te aplica la deducción por vivienda habitual. Quienes están en el régimen transitorio recuperan el 15 % de lo pagado, hasta 9.040 € al año. Cancelar del todo elimina ese beneficio para siempre. Los números están en ¿amortizar hipoteca desgrava?.

Cancelar del todo o amortizar por partes

No es lo mismo, y la diferencia importa.

Amortización parcial. Reduces capital y la hipoteca sigue viva. Puedes elegir entre reducir cuota o reducir plazo, y mantienes la deducción fiscal si te aplica. Es reversible en el sentido de que puedes parar cuando quieras.

Cancelación total. Extingues la deuda. Ganas tranquilidad y dejas de pagar intereses, pero pierdes liquidez de golpe, pierdes la deducción y añades los trámites de cancelación registral.

Para la mayoría, amortizar por partes es más flexible y captura casi todo el beneficio. La cancelación total tiene sentido cuando queda poco capital y el ahorro de trámites y seguros compensa.

Las comisiones que pueden cobrarte

La Ley 5/2019 dejó topes estrictos, y en muchos casos la comisión acaba siendo cero:

Tipo de hipotecaComisión máxima
Variable0,25 % los 3 primeros años, o 0,15 % los 5 primeros
Fija2 % los 10 primeros años, 1,5 % después

Y por encima de esos porcentajes hay una regla que casi nadie invoca: la comisión no puede superar la pérdida financiera real del banco. Si los tipos de mercado han subido desde que firmaste, esa pérdida no existe y la comisión debe ser cero. El detalle está en amortización anticipada de hipoteca.

Lo que hay que hacer después de la última cuota

Pagar no borra la hipoteca del Registro de la Propiedad. La carga sigue inscrita hasta que se cancela registralmente, y eso es un trámite aparte:

  1. Certificado de deuda cero, que el banco debe darte gratis
  2. Escritura de carta de pago y cancelación ante notario, con un apoderado del banco que no puede cobrarte por comparecer
  3. Modelo de actos jurídicos documentados, exento pero hay que presentarlo
  4. Inscripción en el Registro

Notaría y registro corren de tu cuenta: entre 300 y 600 € según importe y provincia.

¿Es obligatorio? No de inmediato: la hipoteca caduca registralmente sola pasado el plazo legal. Pero si vas a vender la vivienda o a pedir otro préstamo con esa garantía, te lo exigirán. Y hacerlo con prisa siempre sale más caro.

Un aviso: es habitual que el banco ofrezca tramitarlo con su gestoría por varios cientos de euros. Puedes hacerlo tú o con la gestoría que elijas.

Un caso comparado

Tienes 30.000 € disponibles y una hipoteca de 90.000 € pendientes a 15 años al 3,5 %. Tres opciones:

OpciónResultado a 15 años
No hacer nadaPagas ~25.800 € de intereses
Amortizar 30.000 € reduciendo plazoAhorras ~15.700 € y terminas ~6 años antes
Invertir 30.000 € al 6 % bruto~71.900 € brutos; tras impuestos, ~63.100 €

Esa tercera fila crece con interés compuesto: cada año se generan rendimientos sobre los rendimientos anteriores. En la tercera fila el resultado parece mejor, y sobre el papel lo es. Pero conviene leer la letra pequeña: ese 6 % no está garantizado, la cifra supone que aguantas quince años sin vender en las caídas, y durante todo ese tiempo mantienes una deuda viva.

La segunda opción da menos en el mejor escenario pero no tiene escenarios malos. Cuál prefieres depende de tu tolerancia al riesgo, no de la aritmética.

Cifras aproximadas con tipos constantes: haz el cálculo con tus números reales antes de decidir.

La opción intermedia que suele funcionar

No hace falta elegir todo o nada. Repartir es defendible y es lo que hace la mayoría de quien se lo plantea con calma:

  1. Fondo de emergencia primero. Entre tres y seis meses de gastos, líquidos.
  2. Amortiza una parte, la suficiente para que la cuota deje de agobiarte.
  3. Invierte el resto con horizonte largo.

Así reduces deuda y riesgo a la vez que mantienes exposición al crecimiento. No maximiza ninguna de las dos cosas, pero evita el arrepentimiento en cualquiera de los dos escenarios.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cancelar la hipoteca cuando quiera?

Sí. Es un derecho reconocido por ley. El banco no puede negarse, solo cobrar la comisión pactada dentro de los topes legales.

¿Qué pasa con el seguro de hogar vinculado?

Si estaba ligado a la hipoteca, revisa qué ocurre al cancelar. A veces se mantiene cobrándose aunque ya no haya obligación de tenerlo con esa entidad.

¿Y con el seguro de vida?

Igual: si lo contrataste como vinculación, comprueba si sigue vigente y si te interesa mantenerlo. Cancelado el préstamo, deja de tener la función que le dabas.

¿Cancelar mejora mi puntuación crediticia?

Reduce tu endeudamiento, que es lo que miran las entidades al valorar una nueva financiación. No existe en España un “score” público al estilo estadounidense.

¿Puedo cancelar solo una parte y dejar el resto?

Sí, eso es la amortización parcial. Eliges si reducir la cuota o el plazo, y en cada operación puedes decidir distinto.

¿Conviene cancelar antes de jubilarme?

Es un momento razonable para plantearlo, porque los ingresos suelen bajar y una cuota menos alivia. Pero no descapitalices: llegar a la jubilación sin hipoteca y sin ahorro es peor que llegar con ambas cosas moderadas.

Fuentes

  1. Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
  2. Banco de España — Portal del Cliente Bancario
  3. Agencia Tributaria — Deducción por inversión en vivienda habitual