Fiscalidad
Heredar o recibir en donación, qué sale más barato
La diferencia decisiva no es sucesiones frente a donaciones, sino que al donar, el donante tributa en su IRPF por la ganancia patrimonial, mientras que al heredar el fallecido no tributa por nada (la "plusvalía del muerto" no existe fiscalmente). En un ejemplo con un piso que genera 160.000 € de ganancia, donarlo le cuesta al donante unos 35.000 € de IRPF, un coste que la herencia no tiene; donar solo compensa claramente con dinero, bienes sin revalorizar, o la vivienda habitual de un donante mayor de 65 años.
Sucesiones y donaciones son el mismo impuesto —la Ley 29/1987 regula los dos— pero con reglas distintas. Y la diferencia decisiva no está donde la gente mira.
La diferencia que casi nadie calcula
En una herencia, el fallecido no tributa por la transmisión. Su ganancia patrimonial acumulada desaparece: es lo que se conoce como plusvalía del muerto, que no existe fiscalmente.
En una donación, el donante sí tributa en su IRPF por la ganancia patrimonial. Si donas un piso que compraste por 80.000 € y hoy vale 200.000 €, declaras una ganancia de 120.000 € y pagas por ella entre el 19 % y el 30 %.
Ese es el coste oculto de donar, y suele superar con creces el ahorro del impuesto de donaciones. Es la razón por la que donar inmuebles revalorizados raramente compensa.
| Herencia | Donación | |
|---|---|---|
| Quien recibe | Paga sucesiones | Paga donaciones |
| Quien transmite | No tributa | Tributa en IRPF por la ganancia |
| Reducciones estatales | Sí, por parentesco | No hay estatales por parentesco |
| Plusvalía municipal | Sí | Sí |
| Momento | Al fallecer | Cuando se quiera |
Las reducciones: la asimetría clave
En sucesiones existen reducciones estatales por parentesco: 15.956,87 € para el Grupo II, 7.993,46 € para el III. En donaciones no hay equivalente estatal.
Las comunidades sí regulan bonificaciones en donaciones, y algunas son muy generosas para padres a hijos. Pero el punto de partida legal es distinto: la herencia viene con reducciones de serie; la donación, no.
Cuándo SÍ compensa donar
Dinero en efectivo. No hay ganancia patrimonial que declarar, así que desaparece el coste oculto del IRPF. Si tu comunidad bonifica las donaciones entre padres e hijos, donar dinero puede salir prácticamente gratis.
Bienes que no se han revalorizado, o que incluso han perdido valor. Sin ganancia, no hay IRPF.
Cuando el donatario lo necesita ahora. Una entrada para una vivienda a los 30 vale más que una herencia a los 55.
Para repartir en vida y evitar conflictos. Tiene un valor que no aparece en ninguna hoja de cálculo.
Vivienda habitual del donante mayor de 65 años. La ganancia patrimonial por transmitir la vivienda habitual está exenta a partir de esa edad, lo que elimina el coste de IRPF. Es de los pocos casos en que donar un inmueble sale a cuenta.
Cuándo NO compensa
Inmuebles muy revalorizados de un donante menor de 65 años. El IRPF del donante se come cualquier ahorro.
Si el patrimonio total es bajo. Las reducciones de sucesiones pueden dejar la herencia en cero, así que no hay nada que optimizar.
Si te quedas sin colchón. Donar es irrevocable salvo supuestos tasados. No dones lo que puedas necesitar.
Y si la duda no es donar o heredar sino qué hacer una vez llegada la herencia, las opciones —aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar— están explicadas en aceptar o renunciar a una herencia.
Un ejemplo con números
Padre de 60 años, hijo de 35. Piso comprado en 2005 por 90.000 €, valor actual 250.000 €.
Si lo dona:
| Concepto | Importe aproximado |
|---|---|
| Ganancia patrimonial del padre | 160.000 € |
| IRPF sobre esa ganancia | ~35.000 € |
| Impuesto de donaciones del hijo | Según comunidad |
| Plusvalía municipal | Según ayuntamiento |
Si lo hereda: el padre no tributa por nada. El hijo paga sucesiones con la reducción por parentesco y, si aplica, la del 95 % por vivienda habitual.
En comunidades con bonificación alta, heredar sale mucho más barato. Los 35.000 € de IRPF son un coste que la herencia sencillamente no tiene.
Cifras orientativas: haz el cálculo con tus datos reales y tu comunidad antes de decidir.
La plusvalía municipal, en ambos casos
El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana se paga tanto al heredar como al donar un inmueble.
Lo liquida el ayuntamiento y su importe depende del valor catastral del suelo y de los años transcurridos. Desde la reforma de 2021 se puede elegir entre dos métodos de cálculo y no se paga si no hubo incremento real de valor, algo que hay que acreditar. El cálculo completo, con ejemplo numérico, está en qué es la plusvalía municipal.
La opción intermedia: donar la nuda propiedad
Se dona la propiedad reservándose el usufructo vitalicio. El donante sigue usando el bien o cobrando sus rentas hasta que fallece.
Ventajas: la base del impuesto de donaciones es menor, porque solo se transmite la nuda propiedad, cuyo valor se calcula según la edad del usufructuario. Cuanto mayor sea, más vale la nuda propiedad y menos el usufructo.
Al fallecer el donante, el usufructo se consolida en el nudo propietario y hay una liquidación adicional, pero sobre una base menor.
Es una figura habitual en planificación sucesoria y conviene diseñarla con un asesor: mal ejecutada puede salir peor que no hacer nada.
Donar poco a poco no siempre funciona
Una idea recurrente: en lugar de donar 100.000 € de golpe, repartirlos en varias donaciones pequeñas a lo largo de los años para pagar menos.
La ley lo previó. Las donaciones que un mismo donante hace a un mismo donatario dentro de un plazo de tres años se acumulan para calcular el tipo aplicable. No se trata cada una como si fuera la primera.
Y hay una segunda acumulación: las donaciones recibidas del causante en los tres años anteriores a su fallecimiento se suman a la herencia a efectos de determinar el tipo.
Espaciar donaciones más de tres años sí tiene efecto real. Trocearlas en meses, no.
Qué hacer antes de decidir
Un orden que evita los errores más caros:
- Calcula la ganancia patrimonial que aflorarías al donar: valor actual menos valor de adquisición. Si es alta y el donante tiene menos de 65 años, la donación empieza en desventaja
- Consulta las bonificaciones de tu comunidad, tanto en sucesiones como en donaciones. No siempre son simétricas — el mapa completo por territorio está en el impuesto de sucesiones por comunidades
- Estima la plusvalía municipal, que se paga en ambos casos
- Comprueba el grupo de parentesco. Fuera de los grupos I y II, las bonificaciones suelen desaparecer
- Suma los gastos de notaría y registro
Solo entonces compara. Decidir por intuición —“donar es más barato porque evitas el impuesto de sucesiones”— ignora precisamente el coste que más pesa.
Preguntas frecuentes
¿Puedo donar dinero a mi hijo sin que tribute?
Tributa siempre, pero muchas comunidades bonifican fuertemente las donaciones entre padres e hijos. Y al ser dinero, no hay ganancia patrimonial que declarar en tu IRPF. Debe formalizarse y declararse: las transferencias grandes sin justificar llaman la atención de Hacienda.
¿Hay que ir al notario para donar?
Para inmuebles, sí: es obligatoria la escritura pública. Para dinero no lo es por ley, pero muchas comunidades exigen documento público para aplicar sus bonificaciones. Conviene hacerlo.
¿Se puede revocar una donación?
Solo en supuestos tasados por el Código Civil, como ingratitud del donatario o incumplimiento de cargas. Como regla práctica, dona solo lo que no vayas a necesitar.
¿Qué plazo hay para declarar una donación?
Treinta días hábiles desde que se formaliza, frente a los seis meses de las herencias. Es un plazo corto y se pasa con facilidad.
¿Las donaciones se acumulan a la herencia?
Sí. Las donaciones recibidas del mismo donante en los tres años anteriores al fallecimiento se acumulan a efectos de calcular el tipo aplicable en la sucesión.
¿Y si dono a un sobrino en lugar de a un hijo?
Cambia el grupo de parentesco y con él las bonificaciones, que casi siempre se limitan a los grupos I y II. Un sobrino suele pagar bastante más. La clasificación está en qué es el impuesto de sucesiones.